Requisitos para el traslado de tabaco en verde

 

La Secretaría de Estado de Desarrollo Productivo del Ministerio de Desarrollo Productivo de Tucumán informó que se encuentra en plena vigencia la Resolución 006/2021 para el traslado de tabaco en verde, que determina en su artículo tercero las exigencias que deberá cumplir el tabaco proveniente de productores con jurisdicción en la provincia de Tucumán que se destine a ser comercializado o transportado fuera de los límites provinciales.

Las exigencias son de carácter obligatorio con el afán de preservar la producción tabacalera tucumana. Las mimas son: 

El tabaco verde deberá ser transportado en fardos y ser pesado antes de cruzar el límite provincial en la balanza que a tal fin habilitará la Cooperativa de Productores Agropecuarios del Tucumán Ltda. (COPAT) ubicada en la Ruta Nº 38 Km. 699, La Invernada, Departamento La Cocha de la Provincia de Tucumán.

Se deberá exhibir ante la barrera fitosanitaria el certificado emitido por la COPAT con los kilos de tabaco que transporta, lo que debe coincidir con los remitos que respaldan el transporte de la mercadería.

Se deberá exhibir el remito debidamente emitido en cumplimiento a las disposiciones fiscales detallando el origen y destino de la carga, los kg de la carga y el titular o titulares de la misma.

Además, para pasar a la provincia de Catamarca, se encontrará en la barrera de Huacra Ruta Nacional nº 38, Kilómetro 671 (límite de Tucumán y Catamarca) un técnico de División Tabaco que intervendrá la documentación de ticket de balanza y los remitos; todos estos requisitos son indispensables para cobrar el FET. El horario dispuesto para cruzar a Catamarca es de 8:00 a 16:00 de lunes a viernes.