
El ministro de Economía, Agricultura y Producción, Sergio Massa, continúa ampliando el paquete de medidas que envíen señales al mercado para calmar las tensiones cambiarias. Ahora, Massa anunció la ampliación del congelamiento de contrataciones de la planta estatal a empresas y sociedades del Estado, así como privadas prestadoras de servicio. El control de esta medida será monitoreado con informes mensuales por el Indec.
En su primera conferencia de prensa poco después de haber asumido, Massa ratificó la medida que había tomado su antecesora Silvina Batakis sobre el congelamiento de ingresos a la planta estatal y anticipó la ampliación de la medida a empresas y sociedades del Estado y a las privadas que tengan participación estatal.
«Cada jurisdicción será responsable de las empresas descentralizadas, que también estarían alcanzadas por esta limitación. Deberán presentar una declaración jurada mes a mes del estado de su planta y el Indec va a publicar el seguimiento de estas declaraciones, para que sea de acceso público», había dicho el ministro en aquella conferencia, fragmento que hoy volvió a compartir en sus redes sociales.
Según la resolución publicada por el Gobierno –Decisión Administrativa 827/2022–, esas empresas y sociedades deberán informar mensualmente al Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec) la variación de su personal, en el marco de la prohibición de realizar nuevas designaciones y contrataciones.
«Hace 20 días iniciamos el camino al frente del Ministerio de Economía. Uno de los compromisos que marcan nuestra hoja de ruta es el orden fiscal de los gastos del Estado», señaló esta tarde el ministro de Economía, Sergio Massa, en un mensaje de Twitter en el que reprodujo el fragmento de su primera conferencia de prensa.
Hoy el Gobierno anunció el congelamiento de contrataciones de la planta estatal, empresas y sociedades del Estado, así como privadas prestadoras de servicio.
Las nóminas de personal serán monitoreadas e informadas mes a mes por el @INDECArgentina.
📄- https://t.co/6CbiflB4XM— Sergio Massa (@SergioMassa) August 23, 2022
La decisión administrativa abarca a «las Empresas del Estado, las Sociedades del Estado, las Sociedades Anónimas con Participación Estatal Mayoritaria, las Sociedades de Economía Mixta y todas aquellas otras organizaciones empresariales donde el Estado nacional tenga participación mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones societarias». También «a los Fondos Fiduciarios integrados total o mayoritariamente con bienes y/o fondos del Estado nacional».
La disposición precisa que la prohibición de contratación comprende a: «las contrataciones por tiempo indeterminado, a plazo fijo, a tiempo parcial y de trabajo eventual previstas en los artículos 90, 92 ter, 93 y 99, respectivamente, de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (T.O. Decreto N° 390/76)».
También abarca a las «contrataciones bajo el régimen de locación de servicios en forma individual», en tanto se prohíbe «la contratación de empresas dedicadas a la prestación de servicios eventuales, de acuerdo a lo establecido en la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (T.O. 1976) y sus modificaciones y la Ley de Empleo N° 24.013 y sus modificaciones».
Por otra parte, «no estarán alcanzadas por dicha prohibición las contrataciones de personal por circunstancias de estacionalidad o requerimiento de producción debidamente acreditado, de acuerdo a las particularidades de cada empresa o sociedad». En los considerandos de la disposición publicada hoy se remarcó que la medida apunta a «garantizar el ejercicio eficiente y responsable de los recursos del Estado Nacional».